2010-octubre-10
· La medida es aplicable a las escuelas de Educación Básica y Normal en el Distrito Federal y demás servicios educativos que coordina y presta directamente la Secretaría de Educación Pública.
· La SEP será respetuosa de las determinaciones que al respecto adopten las autoridades educativas locales en el ámbito de su competencia, en relación con la suspensión de clases el día 1 de noviembre.
Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 51 y 52 de la Ley General de Educación, la Secretaría de Educación Pública determinó, en el ámbito de su competencia, la suspensión de clases el 1 de noviembre de 2010, que será adicional al día 2 del mismo mes, que ya estaba previsto como descanso obligatorio en el Calendario Escolar 2010-2011 para las escuelas de Educación Básica y Normal en el Distrito Federal, y demás servicios educativos que coordina y presta directamente la SEP.
Esta medida se establece sin afectar el cumplimiento de los planes y programas de estudio y ante la estimación que se tiene de una alta posibilidad de ausentismo en los planteles, en detrimento de algunos alumnos.
Asimismo, permitirá promover una festividad mexicana que ha sido declarada por la UNESCO como Patrimonio Cultural Inmaterial de la Humanidad, como lo es la celebración del Día de Muertos.
Las autoridades de educación Federal y de los estados, en su caso, tomarán como en ocasiones anteriores las medidas necesarias para recuperar la jornada escolar del 1 de noviembre, con el fin de atender a cabalidad los objetivos de los planes y programas de estudio aplicables.
Algunas de las medidas que se adoptarán para este propósito son:
· Habilitar días u horarios extraordinarios que, de ser indispensables, permitan recuperar las actividades escolares programadas para el 1 de noviembre de 2010.
· Reducir durante el ciclo escolar la realización de actividades que puedan ocasionar interrupciones al desarrollo de los planes y programas de estudio, como convivios, festivales y otras actividades no curriculares.
· En su caso, promover que en las escuelas primarias algunas de las sesiones del Consejo Técnico Consultivo se celebren fuera del horario de la jornada escolar.
· En general, entre otras actividades, reducir o simplificar las cargas administrativas de los maestros, a fin de alcanzar más horas efectivas de clase que permitan lograr la prestación del servicio educativo con mayor pertinencia y de manera más eficiente.
La SEP será respetuosa de la decisión que al respecto adopte cada entidad federativa en el ámbito de su competencia, considerando siempre que en caso de suspender clases el 1 de noviembre, deberán seguir alguna de las recomendaciones antes expuestas para cumplir con los planes y programas de estudio.
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