Directores, Maestros, Compañeros de apoyo.......Firmaron su pensión ante el ISSSTE por cuentas individuales? Es posible incrementar el monto de sus pensiónes cuando se jubilen..... Este beneficio es para los que autorizaron en el mes de noviembre del 2009 una aportación adicional al pilar solidario del 1% o del 2%, así es se realizará un pago retroactivo desde el 1° de abril del 2007 al 31 diciembre del 2009 es decir por 33 meses. Si desean participar.... porque éste nuevo beneficio es opcional, podrán hacerlo entregando a su director(a) antes del 5 de julio del año en curso, la solicitud de cálculo del monto a depositar por concepto de ahorro solidario, Así como la solicitud del trabajador ante la dependencia para disfrutar del beneficio retroactivo del ahorro. Estos documentos se entregarán debidamente requisitados.
Para solicitar éste beneficio es necesario:
1.- Querer recibir éste beneficio adicional, que la nueva ley otorga.
2.- Haber trabajado los 33 meses anteriores al 1o. de Enero del 2010
3.- Haber solicitado en Novimembre del 2009 aportaciones adicionales
4.- Solicitar por escrito la autorización del cálculo del monto a pagar
5.- Entregar a más tardar a su director(a) la solicitud el día 5 de Julio del 2010
6.- Anotar 30 de Junio del 2010 como fecha en ambos documentos.
7.- Analizar la cotización al inicio del próximo ciclo escolar 2010-2011
8.- Depositar en Bansefi o Santander de manera personal antes del 22 de Septiembre del 2010 el monto calculado, en una sola emisión.
NOTA: Según los documentos anexos a los formatos anteriormente mencionados, el solicitar el cálculo del monto a depositar, permitirá tomar una desición diferentes posteriormente.
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